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Real Decreto-ley 9/2025 – Publicado en el BOE el 30 de julio de 2025

🗓️ Real Decreto-ley 9/2025 – Publicado en el BOE el 30 de julio de 2025

➡️ Más derechos para conciliar la vida familiar y laboral
El Gobierno adapta la legislación española a la Directiva Europea 2019/1158.


✅ Permiso por nacimiento y cuidado:
Se amplía de 16 a 19 semanas retribuidas al 100%.
🗓️ 1 semana debe disfrutarse en el primer año de vida del menor y las otras 2, de forma flexible hasta que cumpla 8 años.
👇

🔹 ¿Por qué el permiso por nacimiento se puede usar hasta los 8 años del hijo?

Porque el nuevo Real Decreto-ley 9/2025 quiere dar flexibilidad a las familias.
Ahora el permiso por nacimiento y cuidado no solo se usa al nacer el bebé, también se puede guardar una parte para usarla más adelante.


📌 Ejemplo real:

Ana tiene un bebé en septiembre de 2025.
✅ Disfruta de sus 16 semanas habituales después del parto.
✅ Después, guarda 2 semanas para usarlas cuando el niño empiece infantil, en 2028.
✅ También tiene 1 semana obligatoria que debe gastar antes de que el niño cumpla un año.

Resultado: Ana puede repartir mejor su permiso para estar con su hijo cuando más lo necesite.


🟡 Conclusión:
Este cambio no es para perder semanas, sino para ganar libertad para usarlas cuando más falta hacen.

✅ Familias monoparentales:
Hasta 32 semanas de permiso, con 4 semanas adicionales flexibles.

✅ Carácter retroactivo:
Todas las medidas se aplican a nacimientos y adopciones desde el 2 de agosto de 2024.

✅ Permiso parental no retribuido:
8 semanas, hasta los 8 años del menor.
🔹 El RDL 9/2025 lo reconoce como un derecho obligatorio.
🔹 El SCS está legalmente obligado a aplicarlo, aunque pueda emitir instrucciones para su tramitación.
❗ Negarse a aplicarlo o retrasarlo es contrario a la ley.

✅ Permiso por lactancia acumulada:
Se mantienen entre 12 y 14 días, según fórmula de acumulación.


📌 Desde COBAS el SCS debe aplicar estas medidas.
⚖️ La conciliación es un derecho, no una opción.
📢 Seguiremos informando y luchando por nuestros derechos.
📌 ¿Qué debemos aclarar desde COBAS?
Procesos de Estabilización y Concurso-Oposición Ordinario

🔹 Queríamos aplicar la lógica…
Pero en el SCS, no siempre se cumple.

Muchos de nosotros pensabamos que “los exámenes serán más adelante” o que “aún queda mucho”, pero la realidad es otra:

✅ El SCS puede publicar fecha de examen durante 2025, aunque aún no se haya resuelto el concurso de méritos.
⚠️ No está obligado a esperar a que las personas tomen posesión de su plaza por méritos para avanzar en el proceso del concurso-oposición.


📢 ACLARACIÓN IMPORTANTE – CONCURSO-OPOSICIÓN SCS
Julio 2025

Desde COBAS SANIDAD queremos despejar una duda muy extendida:

🔹 ¿Pueden celebrarse los exámenes este año, aunque no haya finalizado el proceso de méritos?
✅ Sí, es legal y posible.
El concurso de méritos y el concurso-oposición son procesos independientes.

👉 El SCS no está obligado a esperar a que se firmen las plazas de méritos para convocar los exámenes.
👉 Tampoco tiene que avisar de forma individual a cada aspirante.
Lo único oficial es lo publicado en el BOC o en la web del SCS.

🔔 Por eso, es fundamental estar atentos a las publicaciones oficiales.

✊ En COBAS SANIDAD seguiremos informando con rigor, para que no te quedes sin estudiar por desinformación.

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